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Con restricciones, la Provincia espera bajar los casos de COVID

La provincia de Buenos Aires dispuso restricciones entre la 1 y las 6 de la mañana desde este Lunes en algunos municipios, entre ellos Pilar.

Política 09/01/2021
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Dentro de las nuevas disposiciones se detalla la reducción de actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.

Además, el Gobierno bonaerense dispuso la aplicación de multas de hasta $3.000.000 para los organizadores y asistentes de fiestas clandestinas y aclaró que no se restringirá la circulación nocturna.

A su vez estableció que seguirá empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.

En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 (de la cual es parte Pilar), se suspenderá entre la 1 y las 6 horas de la mañana toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.

Asimismo el ejecutivo provincial restringió el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales y busca reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas.

De igual modo habilita a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas y la aplicación de las multas correspondientes. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de "Aislamiento social preventivo y obligatorio" y de "Distanciamiento social preventivo y obligatorio" en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

El día martes 12 de Enero se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.

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