ARCA introduce siete cambios en el Impuesto a las Ganancias: claves y detalles

Los cambios buscan simplificar trámites, redefinir requisitos de inscripción y actualizar parámetros patrimoniales para los contribuyentes.

Economía01 de mayo de 2025
ARCA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció modificaciones en el sistema de retención del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de modernizar y simplificar los procedimientos. Entre los cambios más destacados, se postergó hasta el 9 de mayo de 2025 el vencimiento de la presentación de la liquidación del período fiscal 2024.

La medida, publicada en el Boletín Oficial bajo la Resolución General 5683, introduce alternativas para facilitar el cumplimiento y actualizar los parámetros patrimoniales, aunque su implementación en un plazo de cinco días hábiles genera desafíos para las empresas.

Las modificaciones clave

Entre los principales puntos de la nueva reglamentación, destacan los siguientes siete cambios:

1- Corrección de retenciones no practicadas: Si el empleador no retiene la totalidad del impuesto, el trabajador podrá ingresar el saldo a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscripción o presentación anual del impuesto.

2- Nuevas modalidades de inscripción: Se establecen tres formas para inscribirse al Impuesto a las Ganancias: Inscripción con declaración jurada, en caso de retenciones incompletas, Presentación voluntaria para incorporar deducciones y Procedimiento simplificado con pago mediante VEP cuando la empresa no retiene el monto total.

3- Requisitos patrimoniales actualizados: Los trabajadores con rentas brutas iguales o superiores a $150.000.000 deberán presentar declaración jurada informativa de Bienes Personales al 31 de diciembre de cada año. Este monto será ajustado anualmente con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.

4- Excepción para el Régimen Especial de Ingreso: Quienes hayan adherido al Régimen Especial de Ingreso sobre Bienes Personales (REIBP) quedarán exceptuados de la presentación de la declaración jurada de bienes personales entre 2024 y 2027.

5- Modificaciones en la presentación del Formulario 1359: Ahora será obligatorio en ciertos casos, como cuando el empleador no retenga totalmente el gravamen o cuando el trabajador supere ciertos montos de deducciones.

6- Postergación del vencimiento de la liquidación anual: La presentación de la liquidación 2024 podrá realizarse hasta el 9 de mayo de 2025, y el impuesto se aplicará en el primer pago posterior al 30 de abril, o en los subsiguientes de mayo si es necesario.

7- Entrada en vigencia: La nueva normativa entra en vigor el 30 de abril de 2025, afectando directamente el período fiscal 2024.

Desafíos y opiniones del sector

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, destacó que la implementación rápida de estas modificaciones representa un desafío, dado el corto plazo para completar los Formularios 1359. Según Domínguez, sería conveniente extender la fecha límite hasta el 16 de mayo de 2025, permitiendo una mejor organización para las empresas.

Con estas nuevas disposiciones, ARCA busca actualizar y facilitar el cumplimiento tributario, aunque la exigencia de adaptación en pocos días genera preocupación entre empleadores y trabajadores.

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