Micros y Trenes permitirán el traslado de animales domésticos en todo el país

La medida moderniza la normativa del transporte terrestre, exige espacios especiales en terminales y permite a las empresas fijar tarifas razonables para el traslado de animales.

Transporte y Tránsito28 de diciembre de 2025
IA
FOTO:Generada con IA.

El Gobierno Nacional autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de micros y trenes de larga distancia bajo jurisdicción nacional, a través de la Resolución 2076/2025 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. La medida moderniza la normativa vigente y habilita una demanda histórica de los usuarios: viajar con sus mascotas en transporte terrestre, tal como ya ocurre en el transporte aéreo.

Nuevas reglas para viajar con mascotas

La resolución establece que cada pasajero mayor de edad podrá trasladar un animal doméstico, siempre que viaje dentro de un contenedor o transportador adecuado, cerrado y en condiciones de garantizar su protección y salubridad.

El transportador podrá ubicarse: Sobre la falda del dueño, debajo del asiento delantero o en el asiento adyacente a la ventana, asegurado con el cinturón de seguridad.

Documentación obligatoria

Al abordar, o cuando lo solicite el personal de la empresa, el pasajero deberá presentar: Constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación exigida por la normativa aplicable, El pasajero será responsable de la custodia, salud y seguridad del animal, y de evitar que genere molestias a otros usuarios.

Responsabilidades de las empresas

Las empresas de transporte deberán definir: Condiciones y limitaciones según especies, razas, peso y dimensiones,
Requisitos operativos como días, horarios o recorridos, Procedimientos de limpieza y desinfección posteriores al traslado.

Además, en terminales, estaciones y paradas deberán habilitarse espacios específicos para la espera y el abordaje de pasajeros con animales, con señalización y condiciones de higiene adecuadas.

Tarifas y excepciones

Las compañías podrán fijar una tarifa razonable por el traslado de mascotas, que deberá informarse de manera clara conforme a la Ley de Defensa del Consumidor.

La resolución aclara que los perros guías o de asistencia para personas con discapacidad no están alcanzados por estas disposiciones, ya que cuentan con un régimen propio.

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