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La Justicia Federal paró a Araucaria Energy

El Juez Federal de Campana, Dr. Adrián González Charvay volvió a fallar a favor de los Vecinos, ésta vez fue por las obras en la Termoeléctrica Araucaria Energy. Anteriormente lo había realizado con APR Energy

Medio Ambiente 22/12/2017 Carlos Cabanchik Carlos Cabanchik
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Fallo a favor de los Vecinos

El Juez Federal de Campana, Dr. Adrián González Charvay fallo de la siguiente manera y sumo el freno de Araucaria Energy al de APR Energy, ambas quedaron paradas por la Justicia.

El Fallo:

"Por otra parte, y sin desconocer la resolución aprobada el pasado 7 de diciembre por el Honorable Consejo Deliberante de Pilar, mediante la cual se dispone requerir al Departamento Ejecutivo Municipal suspender el trámite de habilitación de la aludidas termoeléctricas; lo cierto es que ello de ninguna manera implica la paralización y/o suspensión de las obras de construcción de dichas centrales; circunstancia ésta que funda el peligro en la demora en el dictado de la cautelar solicitada".

"Y en este contexto, particular trascendencia adquiere la requisitoria efectuada en el artículo 2º de la citada resolución, en el cual se solicita a las empresas Araucaria Energy S.A. y APR Energy S.R.L. como así también al Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (O.P.D.S.) llevar a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que contemple los riesgos y efectos combinados que la operación simultánea de ambas termoeléctricas generarían en el medio ambiente y las poblaciones aledañas, debiéndose informar los resultados obtenidos a partir de dicha evaluación".

"Por lo expuesto, el peligro en la demora alegado tiene suficiente grado de credibilidad en esta etapa inicial del proceso, lo cual aconseja ordenar la suspensión de las obras de construcción de la central termoeléctrica aludida".

"Consecuentemente, recordando que la procedencia de la medida innovativa solicitada no importa emitir opinión alguna respecto de lo que en definitiva se resuelva con el fondo del asunto ni mucho menos implica la anticipación de una sentencia definitiva, corresponde hacer lugar a la medida cautelar peticionada".

Por todo ello, corresponde y así,

RESUELVO:

I.- Tener por legitimada a la señora Ana Cecilia Torta, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil denominada “JU.VE.VIR” como así también a la señora Erica Graciela Hahn y a los señores Facundo Antonio Despo y Gustavo Alejandro Madeira, ciudadanos particulares domiciliados en los partidos de Pilar y Belén de Escobar, provincia de Buenos Aires.

II.- Hacer lugar a la medida cautelar, ordenándose a la empresa ARAUCARIA ENERGY S.A.: a) la suspensión de la construcción de la central termoeléctrica, de su operación y/o ensayos de prueba, y/o acopio de combustible, y/o el indebido uso de las aguas subterráneas y/o aguas de red, desvío de desagües naturales, emisiones sonoras, efluentes  gaseosos. Construcción de calles consolidadas, manejo y/o acopio de combustibles (art. 4 ley 25.675, art. 23 y 36 ley 11.723 y art. 10, 14 y 1711 Código Civil y Comercial); y b) la prohibición del uso del recurso hídrico subterráneo y/o de red pública y la suspensión de vertidos de efluentes líquidos; todo ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presentes actuaciones. A tal fin, líbrese oficio a la accionada con copia de la presente, quedando su confección y diligenciamiento a cargo de los accionantes.

III.- Previo a dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto que precede, los actores deberán prestar caución juratoria por los daños y perjuicios que pudiere ocasionar el cumplimiento de la medida otorgada (art. 199 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).-

IV.-Regístrese, notifíquese electrónicamente a la parte actora y al Fiscal Federal Subrogante.

La Palabra del Dr. Gustavo Madeira, Abogado de los Vecinos le expresó a Periódico del Pilar.

"La semana pasada ellos habían realizado una medida anti-cautelar con la idea de que el Juez nos impida hacer una medida cautelar, algo absurdo. El Juez rechazó la medida presentada por la empresa basándose en el derecho que tenemos de peticionar ante la Justicia y que él no se puede anticipar a lo que uno vaya a hacer, sobre todo teniendo en cuenta que son temas Ambientales y están por encima de otras cuestiones", "Araucaria esgrime que las perdidas pueden llegar a ser millonarias y la emergencia eléctrica es muy grande, nosotros no discutimos eso, pero si hubiesen hecho las cosas como corresponden no estaríamos en esta situación". 

En cuanto a la medida cautelar "La medida ya salió, se va a notificar el Martes 26 de Diciembre, a partir de ahí ellos van a poder apelar, tienen 72 horas", "Es muy probable que habiliten ferias para Araucaria, legalmente se debería tratar en Febrero, pero si dieran lugar al pedido de la empresa, iría a la cámara de apelaciones durante Enero". "Lo interesante de la cautelar es que el Juez da cuenta de lo aprobado en el Concejo Deliberante el 7 de Diciembre pasado, en donde los Concejales piden un impacto ambiental combinado, con lo cual admiten que nunca se hizo, como nosotros lo habíamos argumentado".

ARAUCARIA ENERGY S.A reconoce en la medida anti-cautelar que no hubo audiencia publica oficial diciendo que los Gobiernos (Municipal y Provincial) no los llamaron a la misma. La empresa admite haber realizado una audiencia privada con Gerentes de Countries y alrededor de 10 Vecinos, sumado  a funcionarios municipales, el Intendente y el Jefe de Gabinete de Pilar. En la medida presentada piden la declaración testimonial de todos los presentes en esa reunión.

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